Artículo #29
Agua estatal o privada: IdeologÃa, mito y realidad
Este tema está en el centro del debate, sobre todo después de más una década con una severa sequÃa en la zona centro y centro norte del paÃs. No cabe duda que el agua es un bien de la humanidad y no puede ser apropiado por nadie en particular, para su usufructo y especulación, por eso que nadie discute que el agua es un bien nacional de uso público. El tema en cuestión es, por lo tanto, el sistema de gestión y ahà aparecen los famosos "Derechos de Aprovechamiento de Aguas". Varios personeros, especialmente en la izquierda, han dicho: “Estoy de acuerdo con nacionalizar el aguaâ€. Pero: ¿Qué significa esto? En una conferencia, en el año 2019, el decano e la Escuela de PoliÌticas PuÌblicas de la London School of Economics (LSE), AndreÌs Velasco, contaba la siguiente aneÌcdota? Él se preguntaba respecto de, siÌ la London School of Economics era privada o puÌblica. Para saber la respuesta consultoÌ a un antiguo profesor con más de 30 años en la Facultad y la respuesta fue: “En vedad, no séâ€.
Texto destacado
La LSE fue fundada en 1895 por los miembros de la Sociedad Fabiana:Sidney y Beatrice Webb, Graham Wallas, y George Bernard Shaw.
Clasificada como una de las mejores universidades del mundo en ciencias sociales, The LSE ha tenido un rol importante en la formacioÌn acadeÌmica de las elites gubernamentales, intelectuales y econoÌmicas, a nivel europeo y asimismo, global. Entre sus exalumnos y profesores, cuenta con 19 premios Nobel y 52 jefes de Estado. En 1900 la LSE fue reconocida como facultad de EconomiÌa en la Universidad de Londres (puÌblica) en 1901 y que por cierto no le aporta dinero.
Con la reforma al coÌdigo de aguas de 1981 y la derogacioÌn del articulado correspondiente a la relacioÌn tierra-agua de la ley 16.640, sobre Reforma Agraria de 1977; lo que ocurrioÌ de novedoso es que el uso del agua (consuntivo) dejo de ser un derecho de hecho y paso a ser un derecho legal. En efecto cuando el agua estaba ligada a la tierra, en la praÌctica estaba ligada al propietario de la tierra; y ese derecho de hecho, se llamaban de diversas maneras según la zona, pero uno de uso común, desde la eÌpoca de la colonia, es el de “regadoresâ€.
Eso es que no podiÌa venir cualquier persona o entidad y decirle a un agricultor, propietario de suelos de riego, que ya no podiÌa regar maÌs con esa agua por que era del Estado o de todos y llevaÌrsela para otra parte. Pero, ¿porqueÌ no podiÌa? Pes, porque estaba ligada a la tierra. El año 1968, -con el CoÌdigo de Aguas antiguo-, corriÌan las balas por el “robo de aguaâ€, y hubo que poner a los militares a resguardar las compuertas y bocatomas En otras palabras, los derechos de agua han existido desde que se iniciaron la obra de distribucioÌn del agua en los predios. Hechas natural y razonablemente en forma mayoritaria por el sector privado.
Lo nuevo en realidad es que ahora son derechos legales y se pueden comercializar -separados de la tierra- lo cual ha significado, que los tenedores han ganado un activo econoÌmico, una certeza en la propiedad del derecho, lo en parte ha permitido una expansioÌn en la inversioÌn en cultivos permanentes, especialmente frutales. Que, vale la pena recordar, aumentaron de 79.508 Ha en 1979 a 342.654 Ha en 2019. Sin contar las viñas de riego que son otras miles de hectáreas más.
El valor del agua
Debido a que si tiene un valor económico, vale la pena ahorrar agua, ser más eficiente en su uso y por lo tanto, eventualmente, vender los derechos que no se ocupan o excedieren la superficie plantada.
Desde el retorno a la democracia hasta este gobierno. en 2019, se han presentado varias mociones de modificación del Código de Aguas, a objeto de perfeccionar este derecho y con miras a reducir los espacios de especulación, que son obviamente inaceptables, especialmente con un derecho que ha sido obtenido a gratuidad.
Estableciéndose la patente por no uso del agua; la priorización de los usos del agua; el acceso agua como derecho humano, etc.
¿Agua Estatal?
Por lo tanto, ¿QueÌ significa que el agua sea Estatal? Esto significa en la praÌctica prohibir la transacción o compra/venta de derechos de agua, es decir hacer ilegal este tipo de transacciones y por tanto este mercado, como por ejemplo el de cocaiÌna Por que la alternativa de expropiar y pagar por esos derechos es sencillamente delirante, por lo recursos que implicariÌa para el Estado comprarlos.
Como es obvio, sà por alguna razón “mágica†mañana se extinguen todos los derechos de aprovechamiento de agua privados y se hacen del Estado, es obvio que la situación de los agricultores, desde el punto de vista del acceso al agua, no cambia un ápice, solo que serÃan mas pobres en exactamente el valor de sos derechos. Por que el problema del agua no esta radicado en los derechos de agua, sino que en la prolongada sequÃa que nos aqueja. Si hubiese llovido normalmente estos últimos 15 años, este no serÃa tema.
En conclusión, que los derechos de aprovechamiento agua, sean transables o no; que es lo mismo que decir que sean privados o no, deben ser analizados en el marco de un sistema de gestión del recursos hÃdrico y no desde una aproximación exclusivamente ideológica, que ha primado hasta ahora. Como dice el viejo proverbio chino? “no importa si el gato es blanco o negro, lo importante es que cace ratonesâ€.