Artículo #239
Vinos Australes: Relegados del País del Vino
La vitivinicultura chilena gusta de presentarse como un territorio de diversidad, pero su legislación aún escribe sus límites con tinta del valle central. El marco regulatorio vigente fue concebido para climas templados y previsibles, donde alcanzar 11,5° de alcohol no supone mayor desafío. En los territorios australes —Los Ríos, Los Lagos, Chiloé o Aysén— esa exigencia se vuelve un obstáculo estructural: allí las uvas maduran lentamente, las vendimias son frías y los vinos nacen, por naturaleza, más ligeros.
Texto destacado
La legislación vitivinícola chilena fue diseñada para climas templados y no reconoce la realidad de los territorios australes, donde los vinos nacen naturalmente más ligeros. Mientras el mundo permite flexibilidad para regiones frías, en Chile aún persisten exigencias que dejan fuera expresiones auténticas y limitan el desarrollo de zonas emergentes. Adaptar la normativa a la diversidad del país es clave para acompañar su evolución enológica.
El Decreto Supremo N.º 78 del Ministerio de Agricultura, que reglamenta la Ley N.º 18.455 sobre Alcoholes, establece que el vino envasado debe alcanzar al menos 11,5° GL. Solo en condiciones climáticas excepcionales, y mediante autorización presidencial, puede bajarse hasta 10,5°, pero únicamente para comunas del Biobío. Una excepción pensada para la zona centro-sur, no para el sur profundo. El resultado es una paradoja: el Estado termina declarando que los vinos australes no son vino.
A ello se suma otra limitación: la legislación chilena prohíbe la chaptalización —la adición de sacarosa para elevar el grado alcohólico— y solo permite utilizar azúcares derivados de la uva. Esta restricción contrasta con las prácticas aceptadas internacionalmente. En la Unión Europea, el mínimo legal puede descender hasta 8,5% vol. para regiones frías, y la chaptalización se permite bajo límites estrictos, con plena trazabilidad y control. La propia Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV), de la cual Chile es miembro, reconoce formalmente esta técnica como una práctica válida cuando se realiza bajo condiciones reguladas. Regiones emblemáticas como Borgoña, Alsacia o Mosel sostienen parte de su prestigio sobre esta flexibilidad. Lo que en otros países se entiende como honestidad y capacidad de adaptación, en Chile aún se percibe como adulteración.
Si bien en 2013 se creó una puerta lateral al reconocer categorías “a base de vino” —desalcoholizados, parcialmente desalcoholizados, espumantes de baja graduación—, la contradicción persiste: un productor austral que desea embotellar un vino auténtico, fresco y naturalmente ligero de 10,5° sigue quedando fuera de la categoría legal. Su producto no es “vino”, aunque cultural y enológicamente lo sea. La consecuencia es evidente: proyectos innovadores y territorios emergentes quedan marginados, justo cuando el cambio climático exige ampliar horizontes y fortalecer la resiliencia del sector.
En el Congreso Nacional se han presentado mociones para reducir el mínimo alcohólico a 8,5°, en consonancia con la normativa europea, pero ninguna ha prosperado. La resistencia responde al temor de “degradar” la categoría vino. Sin embargo, el verdadero riesgo radica en conservar una legislación que desconoce la diversidad territorial y excluye expresiones enológicas genuinas. No se trata de permitir vinos diluidos o manipulados, sino de reconocer que la viticultura chilena es mucho más que Maipo o Colchagua: también es Osorno, Chiloé o Aysén, zonas donde los vinos son, de manera natural, más livianos y frescos.
El camino razonable no es eliminar exigencias, sino reinterpretarlas con inteligencia. Se requiere una norma que acompañe a los territorios en lugar de excluirlos; que entienda que, en una DO Región Austral, un Pinot Noir de 10,5° no representa un fracaso agronómico, sino la expresión honesta de su paisaje. Una normativa que reconozca que, en años especialmente fríos, un ajuste técnico bajo control no constituye un engaño, sino una forma legítima de salvaguardar la cosecha sin traicionar su origen. Y que confíe en la madurez del consumidor, que no pierde credibilidad por ver un grado alcohólico menor en la etiqueta, sino cuando percibe opacidad o siente que se le oculta la verdad.
La solución pasa por flexibilizar los mínimos en función de las zonas vitícolas, autorizar prácticas de ajuste enológico bajo condiciones climáticas claramente justificadas y con trazabilidad, y reforzar la transparencia en el etiquetado. No implica renunciar a la calidad, sino actualizar su definición a las realidades del siglo XXI y a la geografía viva del país.
La pregunta es incómoda pero inevitable: ¿seguiremos legislando como si toda la viticultura chilena ocurriera en el valle central?, ¿o reconoceremos que el país vitivinícola ya se extiende hacia territorios australes que merecen un marco legal acorde a su identidad? Si aspiramos a un futuro diverso, innovador, resiliente y verdaderamente territorial, la ley no puede seguir siendo una muralla. Debe transformarse en un puente hacia la realidad enológica que hoy se despliega a lo largo de toda nuestra geografía.
Bibliografía
Bibliografía
• González, P. (2024). Graduación alcohólica del vino. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.
• Ministerio de Agricultura de Chile. (1986). Decreto Supremo N.º 78, que reglamenta la Ley N.º 18.455.
• Ministerio de Agricultura de Chile. (2013). Decreto N.º 29, que modifica el Decreto Supremo N.º 78.
• Organisation Internationale de la Vigne et du Vin. (2016). Código Internacional de Prácticas Enológicas. OIV.
(*) Sobre la autora:
Dra. Sandra Ríos Núñez
Especialista en innovación agroalimentaria sostenible y desarrollo de negocios rurales,
acompaña a emprendedores en la creación de modelos de alto impacto integrando
sostenibilidad, tecnología y enfoque territorial. Economista e ingeniera comercial, doctora en Recursos Naturales y Gestión Sostenible y con amplia formación en ciencias sociales y desarrollo regional, es socia fundadora de Potencia Coop y creadora de Conekto Más. En 2023 fue reconocida por FIA como una de las Mujeres Agroinnovadoras de la Región
de Los Lagos por su aporte al fortalecimiento de ecosistemas de innovación agraria.
(*) Este artículo ha sido publicado en colaboración con el Diploma en Comunicación de Vinos de la Universidad Nacional Andrés Bello.